Secretaría de Asuntos
Docentes Distrito Villarino informa:
RECTIFICATORIA:
Día y horario de inscripción
a los Listados 108 A IN FINE y 108 B IN
FINE
mediante sistema de
correo electrónico a:
inscripcionesinfinevillarino@gmail.com
Las mismas serán recibidas:
Los días
Lunes hasta las 17 horas
LAS INSCRIPCIONES SE RECIBIRÁN HASTA EL LUNES 20/12/2021.
La inscripción tiene VIGENCIA SOLO DURANTE EL PRESENTE CICLO LECTIVO.
Por temas relacionados con la inscripción a Listados In Fine comunicarse telefónicamente en el horario de 13 a 17 horas con Fernanda CONCETTI al: 02927-432289.
Se recuerda la vigencia de la RESFC-2018-326-GDEBA-DGCYE.
DURANTE
EL RECESO INVERNAL NO SE RECIBIRÁN INSCRIPCIONES.
PROCEDIMIENTOS:
El
aspirante interesado en realizar la inscripción deberá:
1.
Enviar
un mail a la casilla mencionada.
En
asunto colocar: INSCRIPCION IN FINE:
APELLIDO Y NOMBRE.
Ejemplo: Inscripción In Fine: Pérez Juan Carlos
2.
En
el cuerpo del Mail consignar:
Apellido
y nombre completo
Número
de teléfono
Detalle
de lo que adjunta y cantidad de archivos
PDF (1 hoja =1 archivo PDF). Ejemplo:
frente del DNI en un archivo PDF, cuyo nombre de archivo sea: Frente DNI y el reverso del DNI en otro archivo PDF cuyo
nombre sea: Reverso DNI…
3. La Declaración
Jurada a utilizar será la misma que se venía usando a tal fin y que los
aspirantes podrán descargar desde el Portal ABC, ingresando al link:
4. Toda la
documentación que se adjunte será escaneada de los documentos originales en
formato PDF y a color.
- Las
inscripciones se realizarán por un solo distrito, la documentación será presentada y recepcionada en el distrito
de inscripción.
La inscripción para los
demás distritos que desea solicitar el aspirante, se hará por el distrito de
inscripción con una declaración jurada por cada distrito solicitado.
En caso de que el aspirante
resultare designado LA SAD DEBERÁ CONTAR dentro de Las 24 horas de la
designación CON LA DOCUMENTACIÓN, que fuera enviada por mail, EN FORMATO PAPEL.-
A tal fin se informa que se
acordará telefónicamente un turno para la recepción de dicha documentación. Deberán
comunicarse para gestionar el turno al: 02927-432289
SE
RECUERDA:
La
documentación debe presentarse en hojas
completas y legibles
(Tanto en los PDF por e-mail como en las
copias en formato papel si es designado)
108 A IN FINE
Planilla de Declaración Jurada: marcando
la opción 108 A INFINE
Título habilitante registrado en la D.G.C.y E. (trámite a realizar en Consejo Escolar)
En los distritos en que no
sea viable el registro de los títulos para el Listado 108 A In Fine, por encontrarse
cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos
la Declaración Jurada del docente. Siendo de aplicación en todos los casos lo
prescripto en elArtículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos
Reglamentarios, que dice:
ARTICULO
68°:
(Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados
cancelará
el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el
término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a
partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique
por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad
causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se
aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO
68°:
(Decreto 2485/92) - Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente,
o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la
Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción
del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo
ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado,
para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la
documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días
y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca
pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y
otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas
instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su
intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren
prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el
mismo procedimiento señalado precedentemente.
Fotocopias de títulos y
cursos bonificantes registrados en la D.G.C.y E. (trámite a realizar en Consejo
Escolar).
Antigüedad docente detallada en el reverso de la Planilla de Inscripción y debidamente
certificada por autoridad competente.
Calificación docente: Anexar Formulario SET 4 (de los dos últimos años).
Planilla de Declaración Jurada:
marcando la opción 108 B INFINE.
DNI anverso y reverso.
Fotocopia de Título Secundario registrado en la D.G.C.y E. (trámite a
realizar en Consejo Escolar).
de la inscripción donde se
especifique el porcentaje de materias aprobadas.
CABE ACLARAR QUE LA CONDICIÓN DE ALUMNO
REGULAR ES DETERMINANTE PARA SER HABILITADO EN LISTADO COMPLEMENTARIO 108 B y
su IN FINE |
Antigüedad docente
detallada en el reverso de la Planilla de Inscripción y debidamente
certificada por autoridad competente.
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